Nacionales
Abinader extiende licencias a más de 2 años para mayores de 65
Santo Domingo.– El presidente de la República, Luis Abinader, ha emitido el decreto 330-26 con fecha de este viernes, el cual introduce modificaciones al artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir. El principal objetivo de esta medida es actualizar los períodos de vigencia de las licencias y, a su vez, fortalecer la seguridad vial en la República Dominicana. Esta modificación permite que las personas mayores de 65 años puedan renovar sus licencias por un periodo que supera los 2 años, mejorando así el acceso a este servicio para la tercera edad.
La decisión se basa en la Ley Núm. 63-17, que regula el sistema de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial en el país. Este marco normativo establece medidas orientadas a garantizar un tránsito seguro y protege a los usuarios en las vías públicas, subrayando la importancia de la seguridad en el transporte.
Actualización de los períodos de vigencia
Con el nuevo decreto, las licencias de conducir de las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el titular alcance los 75 años de edad. Posteriormente, a partir de esa edad, la renovación deberá realizarse cada dos años.
En cuanto a las categorías 03 y 04, el período de vigencia será de tres años hasta los 75 años, seguido de una renovación anual. Estas modificaciones buscan facilitar la renovación y garantizar un estándar de seguridad en la conducción de las personas mayores.
Además, la normativa establece que el tiempo de vigencia podría ser reducido si, durante el proceso de emisión o renovación, se detecta que el conductor presenta alguna enfermedad o condición que podría afectar su capacidad de manejo de forma segura.
El decreto también mantiene las evaluaciones periódicas establecidas en el Reglamento de Licencias de Conducir, cuyo principal objetivo es verificar que los conductores cumplan con las condiciones físicas, mentales y de aptitud necesarias para operar vehículos de motor en la vía pública.
Asimismo, se refuerza que ningún conductor podrá circular con una licencia vencida. En caso de incumplimiento, la autoridad competente remitirá el caso al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), de acuerdo con las disposiciones de la Ley 63-17.
Finalmente, el decreto instruye al INTRANT adoptar las medidas administrativas necesarias para asegurar la correcta implementación de esta modificación reglamentaria, garantizando así una mayor seguridad vial para todos los ciudadanos.
Nuevas Disposiciones sobre Licencias de Conducir
- Las licencias de las categorías 01, 02 y 05 tendrán vigencia de cuatro años hasta los 75 años.
- Las categorías 03 y 04 tendrán un período de tres años hasta los 75 años.
- Los conductores con condiciones de salud podrán tener un tiempo de vigencia reducido.
- No se permitirá la circulación con licencias vencidas, y se remitirán infractores al INTRANT.