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La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) ha compartido la información clave sobre el subsidio por lactancia. Este beneficio económico representa un pago monetario para las trabajadoras afiliadas al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud (SFS), equivalente a 14 semanas de salario cotizable. Se otorga durante los períodos de descanso pre y post natal, lo que resalta su importancia en el apoyo a las madres trabajadoras.
Este subsidio está específicamente dirigido a aquellas trabajadoras que están afiliadas al sistema de Seguridad Social y cuyo salario promedio de los últimos seis meses no supere tres salarios mínimos nacionales. Este enfoque asegura que las madres con menores ingresos reciban el apoyo necesario en un momento tan crucial.
El beneficio se entrega por cada hijo nacido vivo en un período de 12 meses. Para las solicitudes relacionadas con nacimientos ocurridos antes del 15 de mayo de 2023, se toma como referencia el salario percibido antes del parto, y las trabajadoras tienen un año desde la fecha de nacimiento para solicitarlo.
En los casos donde la trabajadora tenga múltiples empleos, el cálculo del salario promedio se efectúa sumando todos los ingresos reportados por sus empleadores ante la Seguridad Social. Esto permite un acceso más equitativo al subsidio.
Es importante recordar que la Sisalril es la entidad responsable de la administración de los Subsidios por Maternidad, Lactancia y Enfermedad. En colaboración con la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), su misión incluye informar sobre los procedimientos de solicitud y pago de estos subsidios a las beneficiarias.
Salario mínimo y límite salarial
La Sisalril ha subrayado que el Artículo 132 de la Ley 87-01 establece que solo podrán beneficiarse del subsidio las trabajadoras cuyo salario esté por debajo de la suma de tres salarios mínimos nacionales. Esto implica que no todas las madres trabajadoras tendrán acceso a este beneficio.
Esta medida garantiza que el apoyo económico esté dirigido específicamente a las trabajadoras con un salario promedio cotizable de los últimos seis meses que no exceda el límite mencionado. Por ende, aquellas que superen este umbral no podrán acceder a esta prestación.
Es relevante destacar que, a partir del 1 de febrero de 2026, el salario mínimo cotizable se establecerá en RD$ 23,223.00 pesos dominicanos, un dato fundamental para las trabajadoras que contemplan la solicitud del subsidio.

¿Cómo realizar la solicitud del subsidio?
El subsidio por lactancia puede ser solicitado a través del empleador o, en ciertos casos, directamente por la trabajadora afiliada mediante la Oficina Virtual de la Sisalril. El procedimiento se lleva a cabo de la siguiente manera:
- Notificación del nacimiento: Es fundamental que la trabajadora notifique el nacimiento al empleador.
- Registro de la solicitud: El empleador ingresa a la Oficina Virtual de la Sisalril y registra los datos del acta de nacimiento, además de enviar el informe de maternidad. Esto formaliza la solicitud del subsidio.
- Trámite si el empleador no colabora: Si el empleador no realiza el trámite, la trabajadora puede presentar la solicitud directamente en Sisalril, subiendo el informe de embarazo y proporcionando el NUI (Número Único de Identidad) del recién nacido.
- Verificación y pago: Finalmente, la entidad revisa que se cumplan los requisitos y, al aprobar la solicitud, deposita el subsidio en una cuenta del Banco de Reservas a nombre de la beneficiaria.
Diferencias entre subsidio por maternidad y subsidio por lactancia
Existen confusiones comunes sobre los subsidios por maternidad y lactancia entre las trabajadoras. A menudo se considera que el derecho a lactancia está incluido en la licencia por maternidad. Sin embargo, es crucial reconocer las distinciones entre ambos beneficios.
Mientras que el subsidio por maternidad tiene como finalidad sustituir el salario de la trabajadora durante su licencia por embarazo y parto, el subsidio por lactancia se destina a proporcionar apoyo económico para la alimentación del recién nacido durante sus primeros 12 meses de vida, facilitando así el desarrollo adecuado del bebé.
Variaciones del subsidio por lactancia
- Pago económico para trabajadoras del Régimen Contributivo.
- Dirigido a quienes perciben tres salarios mínimos o menos.
- Entrega por cada hijo nacido vivo en los últimos 12 meses.
- Diferencias clave entre subsidio por maternidad y lactancia.