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Finjus: TSE Debió Conocer el Recurso contra la Norma de JCE

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La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) ha manifestado su postura respecto a la reciente decisión del Tribunal Superior Electoral (TSE) sobre el recurso que cuestiona el reglamento de la Junta Central Electoral (JCE). Este reglamento impone restricciones a la publicación de encuestas electorales fuera del periodo de precampaña.

FINJUS expresó su preocupación por la declaración de incompetencia del TSE, que decidió remitir el caso al Tribunal Constitucional. Según la organización, esta controversia debería ser tratada dentro del ámbito contencioso electoral, y no como una acción directa de inconstitucionalidad.

“La decisión jurídicamente más coherente habría sido que el Tribunal Superior Electoral asumiera el conocimiento del recurso y resolviera la controversia” afirmó el vicepresidente ejecutivo de FINJUS, Servio Tulio Castaños Guzmán, en un documento oficial.

Orígenes de la Controversia
El pasado jueves, el TSE se declaró incompetente para evaluar el recurso presentado por Justicia Sin Fronteras. Este recurso impugna el artículo 13 del reglamento que regula el registro de empresas encuestadoras y la publicación de encuestas electorales.

Este reglamento fue aprobado por la JCE el 22 de mayo del presente año y se identifica como Resolución núm. 14-2026. Establece que las encuestas electorales solo pueden ser publicadas desde el inicio de la precampaña hasta el último día hábil antes de las elecciones internas de los partidos políticos.

Al considerarse incompetente, el TSE decidió trasladar el caso al Tribunal Constitucional, argumentando que se trata de un control concentrado de constitucionalidad. No obstante, esta decisión no fue unánime.

La jueza Rafaelina Peralta Arias emitió un voto disidente, argumentando que el TSE sí tenía competencia para abordar el asunto y pronunciarse sobre los méritos del caso. La magistrada señaló que no se estaba tratando de una acción directa de inconstitucionalidad, sino de un recurso contencioso electoral relacionado con un reglamento de la JCE.

Análisis del Criterio
FINJUS cuestiona el criterio empleando por el TSE al afirmar que la mera invocación de disposiciones constitucionales no convierte automáticamente un litigio contencioso electoral en una acción directa de inconstitucionalidad.

La organización enfatiza que el TSE debe ser el órgano encargado de dirimir conflictos contencioso-electorales, debido a su diseño como organismo especializado en este ámbito.

“Un reglamento no puede innovar la ley”

Finalmente, FINJUS subrayó que “ningún reglamento puede alterar el marco jurídico, imponer restricciones que no fueron establecidas por el legislador o ampliar limitaciones que son claramente definidas en una normativa de rango legal”.

Para la organización, los casos de presunto abuso reglamentario deben ser objeto de control jurisdiccional, tratándose así como una cuestión administrativa y no una revisión abstracta de constitucionalidad.

Controversia en el Tribunal Superior Electoral sobre encuestas

  • FINJUS critica la decisión del TSE de no conocer el recurso sobre las encuestas electorales.
  • El TSE remitió la controversia al Tribunal Constitucional argumentando incompetencia.
  • La jueza Rafaelina Peralta Arias disintió, afirmando que el TSE debía abordar el caso.
  • FINJUS sostiene que los reglamentos no pueden alterar lo que establece la ley.

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