Nacionales
Movimientos de juezas: ¿traslados o reasignaciones? El Poder Judicial aclara.
Clarificación sobre Reasignaciones en el Poder Judicial
El Consejo del Poder Judicial (CPJ) ha comunicado que las recientes medidas administrativas, que incluyen movimientos internos de tres juezas de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, no representan traslados, sino reasignaciones dentro del mismo tribunal.
Esta aclaración surge tras las objeciones planteadas por las juezas Natividad Ramona Santos, Wendy Altagracia Valdez y Pilar Antonia Rufino Díaz, quienes denunciaron que los cambios fueron implementados sin consulta previa mediante un acta del 19 de agosto.
Las magistradas describieron la decisión como “un acto de arbitrariedad, ilegalidad y retaliación en su contra”, expresando su sorpresa ante los cambios. En respuesta, el CPJ, mediante un comunicado, ha explicado que la resolución núm. CPJ-2026-RECA-014 aborda varios aspectos, incluidos los movimientos internos organizados por la Dirección General de Administración y Carrera Judicial.
Estas medidas tienen como objetivo fortalecer el equilibrio en la distribución de la experiencia jurisdiccional, en el contexto de recientes ascensos y cambios de jerarquía en distintos órganos judiciales. El Consejo precisó que las decisiones fueron tomadas considerando las necesidades del servicio y la distribución del trabajo, y que estas consideraciones habían permitido determinar la conformación más adecuada para asegurar el funcionamiento de los tribunales.
El CPJ destacó que los movimientos en cuestión no deben considerarse traslados según lo definido en la Ley núm. 327-98 sobre Carrera Judicial. Un traslado implica el cambio de un juez de un tribunal a otro, mientras que las disposiciones actuales son reasignaciones dentro de un mismo tribunal.
A consecuencia de esto, los jueces y juezas involucrados continúan en su misma Cámara, manteniendo la jurisdicción, especialidad y categoría judicial, sin ser enviados a otros órganos o a materias diferentes de aquellas en las que ejercen actualmente.
Además, el Consejo puntualizó que las decisiones todavía no tienen carácter definitivo, ya que se mantienen abiertos los plazos legales para presentar y conocer los correspondientes recursos de reconsideración, conforme al debido proceso administrativo.
El CPJ enfatizó la importancia de distinguir entre las figuras de traslado y reasignación, para evitar malentendidos respecto a las decisiones administrativas, afirmando que una comprensión clara de estos procesos es crucial para la transparencia institucional y para fomentar un debate público fundamentado en información precisa y contextualizada.
Actualización sobre los Movimientos Judiciales
- Las medidas son reasignaciones, no traslados, dentro del mismo tribunal.
- Las juezas objetaron el cambio, considerándolo ilegal y arbitrario.
- El CPJ busca fortalecer el equilibrio en la experiencia jurisdiccional.
- Las decisiones aún están sujetas a recursos de reconsideración.