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Sisalril innova en Seguro de Riesgos Laborales

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Más cobertura para los trabajadores, protección en modalidades como el teletrabajo, atención médica de emergencia sin trabas administrativas y pensiones actualizadas cada año son algunas de las transformaciones introducidas por el nuevo Reglamento sobre el Seguro de Riesgos Laborales (SRL).

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) ha anunciado que estos cambios están contemplados en el Decreto núm. 287-26, el cual busca modernizar el sistema de protección laboral en el país.

Este nuevo reglamento sustituye al Decreto núm. 548-03, que había estado en vigor por más de 20 años. Con esta actualización, se responde a las dinámicas cambiantes del mercado laboral y a la evolución institucional que se ha producido desde la creación del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril).

Uno de los aspectos más destacados es el principio protector, el cual establece que, en caso de duda sobre la interpretación de la ley o sus normas, prevalecerá siempre la disposición más favorable al trabajador.

Además, el reglamento garantiza la afiliación obligatoria al Seguro de Riesgos Laborales para todos los trabajadores, independientemente del tamaño de la empresa, incluyendo a aquellas que cuentan con solo un empleado. Esto representa una evolución significativa, ya que anteriormente esta obligación era transitoria y estaba sujeta a resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

Otro punto relevante de la normativa establece que ningún centro de salud podrá negar atención de emergencia a personas accidentadas durante su jornada laboral por falta de formularios o trámites administrativos, priorizando así la asistencia inmediata. Asimismo, se introduce una modificación en la forma de calcular el subsidio por incapacidad temporal, buscando una mayor equidad en la compensación a los trabajadores.

Actualización del Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales

  • Cobertura ampliada para trabajadores, incluyendo teletrabajo.
  • Protección integral en casos de accidentes laborales sin trabas administrativas.
  • Afiliación obligatoria al seguro para todos los trabajadores, sin importar el tamaño de la empresa.
  • Modificación en el cálculo del subsidio por incapacidad temporal.

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