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CD anula candidaturas independientes

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Santo Domingo.- La Cámara de Diputados aprobó el martes, en segunda lectura, un proyecto de ley que elimina las candidaturas independientes del régimen electoral dominicano. Esta decisión responde a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) 0788/24, que instó al Congreso Nacional a ajustar el marco jurídico para permitir dichas candidaturas.

La ley, que ahora se enviará al Poder Ejecutivo para su potestad de promulgación u observación, podría significar la desaparición de las candidaturas independientes en el país, siempre y cuando el presidente Luis Abinader la acepte.

El marco legislativo recibió 118 votos a favor, solo 4 en contra y 15 abstenciones. Los diputados que manifestaron su rechazo fueron: Eugenio Cedeño del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Braily Vargas y Nelson Vega del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), y Ramón Raposo del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).

De los que se abstuvieron, 9 pertenecen al PRM, 2 a Fuerza del Pueblo (FP) y 4 al PLD.

El senador Ramón Rogelio Genao, quien propuso la ley, argumentó que los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, deben ser eliminados, ya que las candidaturas independientes no están contempladas en la Constitución de la República. Según él, su implementación requeriría modificaciones a la Carta Magna.

Wessin afirma cumplimiento con el TC

Durante la presentación del informe y su argumentación a favor del proyecto, Elías Wessin, presidente de la comisión especial, destacó que los artículos en cuestión han existido por más de un siglo sin aplicación efectiva, hasta la reforma constitucional de 2010, que estableció un condicionamiento definitivo a las candidaturas independientes. Citó varios artículos de la Constitución como fundamento de su postura.

Wessin afirmó que están cumpliendo con el mandato del Tribunal Constitucional, al legislar conforme a lo que se les ha solicitado. Defendió su cambio de posición respecto a un proyecto similar del año anterior, indicando que esta legislación es necesaria para evitar incoherencias en el sistema electoral.

El informe subraya que la participación política debe estar limitada a partidos, movimientos o agrupaciones, argumentando que las candidaturas independientes crean conflictos dentro del marco establecido y afectan la legalidad y operatividad del sistema electoral.

Se considera que la eliminación de las candidaturas independientes fomentaría la seguridad jurídica, garantizaría la estabilidad institucional y evitaría distorsiones en la representación política, así como problemas en la suplencia de cargos gubernamentales.

A pesar de su aprobación, diversas organizaciones cívicas y comunitarias han expresado su desacuerdo, advirtiendo que podrían presentar un nuevo recurso ante el Tribunal Constitucional.

Cedeño y Raposo expresan preocupaciones sobre la ley

Eugenio Cedeño advirtió que la normativa, si se aprueba, podría ser declarada inconstitucional por el Tribunal. Afirmó que los partidos políticos no perderían con la inclusión de las candidaturas independientes, ya que la democracia se ha mantenido sólida a lo largo de más de un siglo.

El legislador subrayó que la verdadera preocupación recae en la seguridad jurídica que perdería con la eliminación de los artículos, advirtiendo sobre la posible apertura de una “caja de Pandora” para otras decisiones del Tribunal.

Por otro lado, Ramón Raposo argumentó que las candidaturas independientes podrían coexistir con los partidos políticos, tal como ocurre en otras naciones de la región.

Batista y Genao debaten el papel del TC

El diputado Wandy Batista, presidente de la Comisión Permanente de Justicia, defendió la propuesta de eliminación, argumentando que el Tribunal Constitucional no es infalible, citando un caso anterior de inconstitucionalidad como ejemplo.

Ramón Rogelio Genao reafirmó que solo el Legislativo tiene la facultad de modificar leyes orgánicas, subrayando que el Tribunal no puede sobrepasar sus competencias. Recordó artículos de la Constitución que brindan soporte a sus afirmaciones.

Este proyecto, reintroducido en la Cámara Alta, busca eliminar los artículos relacionados con las candidaturas independientes, alineándose con una sentencia del TC de diciembre de 2024 que exigía su reescritura conforme a la Constitución.

Fin de las Candidaturas Independientes en República Dominicana

  • La Cámara de Diputados aprueba la eliminación de candidaturas independientes.
  • El proyecto será revisado por el presidente Luis Abinader para su promulgación.
  • Se menciona que la Constitución no contempla estas candidaturas, sólo a partidos y movimientos.
  • Organizaciones cívicas advierten sobre posibles acciones legales ante el Tribunal Constitucional.

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Registra tus útiles escolares en la DGII y recupera tus impuestos fácil y rápido.

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Pagar la educación de los hijos, ya sea en colegios, universidades u otros servicios de enseñanza, puede ofrecer un beneficio tributario para aquellos trabajadores que están sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Sin embargo, es esencial resaltar una condición crítica para hacer uso de este mecanismo: los comprobantes fiscales deben ser emitidos únicamente por entidades educativas y no por establecimientos cuya actividad sea exclusivamente comercial.

Utiles Escolares

Si eres un trabajador asalariado con ingresos superiores a RD$35,000 mensuales y pagas el ISR, puedes beneficiarte de las disposiciones de la Ley 179-09 sobre gastos educativos. Esta ley te permite reportar ciertos gastos, lo que podría resultar en un saldo a favor al calcular el ISR.

La Ley 179-09 ofrece la posibilidad de incluir ciertos gastos educativos en el cálculo del ISR, siempre que el contribuyente cumpla con los requisitos establecidos. En una reciente entrevista con la técnica de Asistencia de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Ilkanía García, se destacó que el mecanismo no implica que el Estado devuelva la totalidad del dinero gastado en educación, sino que se reconocen ciertos gastos al calcular el ISR para determinar si hay un saldo a favor del trabajador.

Para los asalariados, la devolución del saldo a favor corresponde al empleador. Este debe realizar el procedimiento ante la DGII y presentar la autorización generada por el sistema.

Si el empleador no efectúa la devolución, debe proporcionar al trabajador una carta explicando las razones de su decisión. Este documento es necesario para seguir con el procedimiento correspondiente ante la DGII.

No todos los gastos escolares califican como gastos educativos

García aclara que el término gasto educativo está condicionado por requisitos concretos. Para que un desembolso se considere dentro del beneficio, debe estar respaldado por una entidad educativa.

Gastos Educativos

No basta con comprar un artículo para uso educativo; el comprobante debe provenir de (centros o entidades educativas) y no de comercios generales.

Los gastos que se registren deben estar respaldados por comprobantes fiscales válidos para crédito fiscal emitidos por estos centros educativos.

Además, el contribuyente debe asegurarse de que los comprobantes aparezcan en el sistema con el estado “Aceptado”, lo cual es un requisito indispensable para continuar con la declaración.

Padres pueden registrar a todos sus hijos

Otro aspecto importante señalado por la técnica de la DGII es que no existe un límite de dependientes para disfrutar de este beneficio. Los padres pueden registrar los gastos educativos de todos sus hijos directos, siempre que cumplan con los demás requisitos.

El año escolar no determina cuáles gastos se reportan

Para efectos tributarios, la DGII considera el año calendario y no el educativo. Esto significa que se contabilizan los gastos realizados entre enero y diciembre, independientemente de las fechas del año escolar.

Los contribuyentes tienen hasta el 28 de febrero de cada año para contabilizar los gastos del año anterior. La Declaración Jurada de Asalariados IR-18 estará disponible a principios de febrero cada año.

¿Cómo registrar los gastos educativos?

El procedimiento de registro puede hacerse de forma virtual o presencial.

Para el registro electrónico, el contribuyente debe ingresar al portal de la DGII y acceder a la Oficina Virtual. En el menú, selecciona la opción Persona Física y completa el formulario requerido antes de hacer clic en “Enviar documento”.

Una vez dentro del panel de Gastos Educativos, se debe seleccionar la opción número 4, “Gastos de Educación”, completar los campos correspondientes y hacer clic en “Guardar”.

Los comprobantes que sustenten estos gastos deben ser válidos para crédito fiscal, emitidos por un centro educativo y estar en estado de aceptación en el sistema.

Después de registrar los gastos, hay que presentar el IR-18

El registro de las facturas es solo el comienzo. Una vez que los gastos educativos están incorporados, el sistema generará una propuesta de la Declaración Jurada de Asalariados IR-18, que incluirá los ingresos y las retenciones reportadas por el empleador durante el año.

La persona debe verificar que la información sea correcta y que los gastos registrados estén en estado aceptado.

Luego, en el panel de Gastos Educativos, se debe seleccionar la opción número 5, “Declaración”, hacer clic en “Presentar Declaración”, revisar el IR-18 propuesto y enviarlo. Al finalizar, el sistema permitirá imprimir una constancia o autorización que debe ser entregada al empleador para que realice la devolución del saldo a favor correspondiente.

¿Cuánto dinero puede recibir el trabajador?

El monto a recibir no es igual para todos los contribuyentes ni representa necesariamente el total gastado en educación. Según la explicación de García, el saldo a favor resulta de un cálculo que incluye varios elementos, como los ingresos del año, los ingresos exentos, aportes a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), y las retenciones de ISR.

Por lo tanto, aunque dos personas hayan invertido la misma cantidad en educación, pueden obtener saldos a favor diferentes dependiendo de sus circunstancias tributarias.

¿Qué pasa con los trabajadores independientes?

La presentación del IR-18 es exclusiva para asalariados. Para las personas físicas que deseen acogerse a los beneficios de la Ley 179-09, los gastos educativos deben registrarse a través del panel correspondiente y se verán reflejados al presentar la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas, IR-1.

En este caso, la declaración debe hacerse a más tardar el 31 de marzo.

Beneficios Tributarios por Gastos Educativos en el ISR

  • Posibilidad de registrar gastos educativos por encima de RD$35,000 mensuales.
  • La devolución del saldo a favor corresponde al empleador tras la autorización de la DGII.
  • No hay límite para registrar gastos de todos los hijos directos del trabajador.
  • Los comprobantes deben ser emitidos por entidades educativas para ser válidos.
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Compromiso firme con la agenda prioritaria

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El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, ha manifestado su firme compromiso de avanzar con una agenda priorizada que permita abordar las leyes aún pendientes. Desde su llegada a la presidencia de la cámara alta, De los Santos ha trabajado incansablemente para que estas iniciativas sean conocidas y debatidas.

Entre las reformas y leyes que aún están en espera, se destacan aspectos cruciales como la Seguridad Social, el Código Laboral, el Código Civil y la reforma de la Ley de la Policía Nacional.

El legislador subrayó la importancia de una agenda bien estructurada y reafirmó que el pueblo dominicano puede continuar confiando en que, junto a sus colegas senadores, trabajará diligentemente día a día para garantizar la modernización de la legislación que afecta al país.

Además, De los Santos hizo hincapié en la relevancia de la Ley de Agua, la cual ha estado en discusión en el Congreso Nacional por varios años. Destacó la necesidad urgente de realizar una actualización del Código Civil, que permanece en vigor desde 1804.

El presidente del Senado manifestó su firme intención de trabajar para que, durante las dos legislaturas de este año, se logre aprobar esta ley, así como otras piezas legislativas significativas que están en el horizonte.

Finalmente, De los Santos reconoció la madurez del liderazgo político en la República Dominicana y aseguró que el trabajo colaborativo entre los senadores seguirá siendo clave para responder a las demandas de productividad y desarrollo del pueblo dominicano.

Avances en la Legislación Dominicana: Compromisos del Senado

  • Trabajo continuo en la actualización de leyes pendientes.
  • Enfoque en reformas clave como el Código Laboral y la Seguridad Social.
  • Énfasis en la urgencia de la Ley de Agua y la actualización del Código Civil.
  • Colaboración activa entre senadores para el desarrollo del país.
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90 Lámparas Iluminan las Calles de Los Chavoneros en Verón

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Mejora de Iluminación en Verón-Punta Cana. El Ayuntamiento del distrito municipal Verón-Punta Cana ha llevado a cabo la instalación de 90 lámparas de alumbrado público en la zona de Los Chavoneros, particularmente en las calles Los Irías, cerca de la calle Domingo Maíz y la avenida Jerusalén.

Esta iniciativa tiene como objetivo primordial mejorar la iluminación de las vías, lo cual impacta positivamente en la movilidad de los residentes durante las horas nocturnas. Muchos vecinos habían expresado sus preocupaciones sobre la seguridad al transitar por calles con escasa visibilidad.

Carlos Alfredo, un residente de la zona, destacó la importancia de esta instalación, afirmando que representa un avance significativo para la comunidad. “Este es solo el comienzo de un cambio positivo. Agradecemos a nuestro alcalde por su apoyo, pues antes caminábamos en la oscuridad, lo que nos hacía vulnerables”, afirmó.

La nueva iluminación, según Alfredo, les permite a los residentes desplazarse con mayor seguridad y tranquilidad. “Ahora, podemos salir sin miedo, ya que las calles están bien iluminadas”, declaró.

Una integrante de la comunidad también expresó su contento por esta mejora, diciendo: “Estoy muy feliz y agradecida con quienes lo hicieron posible”. Este sentimiento de satisfacción es compartido ampliamente entre los residentes, quienes aprecian contar con calles más luminosas.

Elizandro Sánchez, secretario de Relaciones Públicas de la Junta de Vecinos de Los Chavoneros, enfatizó que la instalación de las lámparas responde a una necesidad urgente y muy demandada por la comunidad. Esta acción ha sido bien recibida y valorada como un paso hacia un entorno más seguro y acogedor.

Avance en Seguridad a Través de la Iluminación en Verón-Punta Cana

  • Instalación de 90 lámparas de alumbrado público en Los Chavoneros.
  • Mejora en la seguridad y visibilidad de las calles durante la noche.
  • Residentes expresan su satisfacción y agradecimiento hacia las autoridades.
  • La iluminación permitirá un desplazamiento más seguro para todos.
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